Artículo 4.386 del Código Civil del Estado de México
Derecho a exigir la constitución del patrimonio familiar
LIBRO CUARTO. Del Derecho Familiar · TITULO DECIMO PRIMERO. Del Patrimonio de Familia
Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta del Gobierno del Estado de México el 16 de junio de 2026
Cuando haya peligro de que quien tiene obligación de dar alimentos pierda sus bienes por mala administración o porque los esté dilapidando, los acreedores alimentistas por sí o a través de sus representantes, tendrán derecho de exigir judicialmente que se constituya el patrimonio de familia.