Artículo 4.389 del Código Civil del Estado de México
Causas de extinción del patrimonio familiar
LIBRO CUARTO. Del Derecho Familiar · TITULO DECIMO PRIMERO. Del Patrimonio de Familia
Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta del Gobierno del Estado de México el 16 de junio de 2026
El patrimonio de familia se extingue cuando:
I.Todos lo beneficiarios cesen de tener derecho de percibir alimentos;
II.Sin causa justificada la familia deje de habitar por un año la casa o de cultivar por su cuenta por dos años consecutivos la parcela;
III.Se demuestre que hay necesidad o notoria utilidad para la familia;
IV.Se decrete expropiación de los bienes;
V.Así lo decidan los interesados.