Artículo 4.99 del Código Civil del Estado de México
Alimentos de los cónyuges en el divorcio
LIBRO CUARTO. Del Derecho Familiar · TITULO TERCERO. Del Divorcio
Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta del Gobierno del Estado de México el 16 de junio de 2026
En el divorcio tendrá derecho a los alimentos el que lo necesite, y su monto se fijará de acuerdo a las circunstancias siguientes:
I.La edad y el estado de salud de los cónyuges;
II.Su grado de estudios y posibilidad de acceso a un empleo;
III.Medios económicos de uno y de otro cónyuge, así como de sus necesidades;
IV.Otras obligaciones que tenga el cónyuge deudor; y
V.Las demás que el Juez estime necesarias y pertinentes.
Derogado.
Derogado.
Derogado.