Artículo 5.200 del Código Civil del Estado de México
Obligaciones proporcionales si varios aprovechan un acueducto
LIBRO QUINTO. De los Bienes · TITULO SEXTO. De las Servidumbres · CAPITULO IV. De la Servidumbre Legal de Acueducto
Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta del Gobierno del Estado de México el 16 de junio de 2026
Si los que se aprovecharen fueren varios, la obligación recaerá sobre todos en proporción de su beneficio, si no hubiere prescripción o convenio en contrario.