Artículo 5.76 del Código Civil del Estado de México
Frutos que pertenecen al propietario
LIBRO QUINTO. De los Bienes · TITULO CUARTO. De la propiedad y los medios de adquirirla · CAPITULO II. De los frutos de los bienes
Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta del Gobierno del Estado de México el 16 de junio de 2026
Pertenecen al propietario de un bien, los frutos naturales, industriales y civiles que produzca.