Artículo 5.77 del Código Civil del Estado de México
Frutos naturales
LIBRO QUINTO. De los Bienes · TITULO CUARTO. De la propiedad y los medios de adquirirla · CAPITULO II. De los frutos de los bienes
Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta del Gobierno del Estado de México el 16 de junio de 2026
Son frutos naturales las producciones espontáneas de la tierra, las crías y demás productos de los animales.