Artículo 6.156 del Código Civil del Estado de México
Cónyuge que concurre con ascendientes
LIBRO SEXTO. De las Sucesiones · TITULO CUARTO. De la Sucesión Legítima · CAPITULO III. De la Sucesión del Cónyuge
Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta del Gobierno del Estado de México el 16 de junio de 2026
Si el cónyuge concurre con ascendientes, éstos sólo tendrán derecho a alimentos.