Artículo 6.174 del Código Civil del Estado de México
Concubino que concurre con hijos de ambos y del otro
LIBRO SEXTO. De las Sucesiones · TITULO CUARTO. De la Sucesión Legítima · CAPITULO VI. De la Sucesión de los Concubinos
Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta del Gobierno del Estado de México el 16 de junio de 2026
Si concurre con hijos de ambos y con hijos sólo del autor de la herencia, tendrá derecho a las dos terceras partes de la porción de un hijo.