Artículo 6.251 del Código Civil del Estado de México
Prórroga del plazo de albacea
LIBRO SEXTO. De las Sucesiones · TITULO QUINTO. Disposiciones Comunes a las Sucesiones Testamentarias y Legítimas · CAPITULO IV. De los Albaceas e Interventores
Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta del Gobierno del Estado de México el 16 de junio de 2026
Solo por causa justificada pueden los herederos prorrogar el plazo al albacea.