Artículo 7.206 del Código Civil del Estado de México
Pérdida fortuita de los bienes a elegir
LIBRO SEPTIMO. De las Obligaciones PRIMERA PARTE De las Obligaciones en General · TITULO SEPTIMO. De las Diferentes Especies de Obligaciones · CAPITULO III. De las Obligaciones Facultativas, Conjuntivas y Alternativas
Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta del Gobierno del Estado de México el 16 de junio de 2026
Si los dos bienes se han perdido por caso fortuito, el deudor queda liberado de la obligación.