Artículo 358 del Código Penal del Estado de México
LIBRO SEGUNDO · TÍTULO SÉPTIMO. DE LOS DELITOS CONTRA LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN · CAPÍTULO ÚNICO. DISPOSICIONES GENERALES
Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta del Gobierno del Estado de México el 25 de septiembre de 2026
Cuando cualquiera de los delitos cometidos contra personas defensoras de derechos humanos o periodistas, sea realizado por un servidor público en ejercicio de sus funciones o la víctima sea mujer y concurran razones de género en la comisión del delito, se aumentará la pena hasta en una mitad.