Artículo 118 del Código Civil de Guanajuato
Libro primero. De las personas · Título Cuarto. Del Registro Civil · Capítulo VIII. De las anotaciones de divorcio
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato el 18 de diciembre de 2025
La anotación del divorcio se asentará en el acta de matrimonio y contendrá los siguientes datos:
I.Nombres y apellidos de los divorciados;
II.Número de expediente y fecha de la resolución, fecha en que causó ejecutoria, tribunal o autoridad que la dicta y puntos resolutivos de la sentencia judicial o resolución;
III.Tipo de divorcio y causales; y
IV.Nombre y firma del Oficial y sello de la Oficialía del Registro Civil.