Artículo 190 del Código Civil de Guanajuato
Libro primero. De las personas · Título Quinto. Del matrimonio · Capítulo IV. De la sociedad conyugal
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato el 18 de diciembre de 2025
El dominio de los bienes comunes reside en ambos cónyuges mientras subsista la sociedad, pero las acciones en contra de ésta o de los bienes comunes serán dirigidas contra el administrador.