Artículo 2195-B del Código Civil de Guanajuato
Libro tercero · Segunda Parte. De las diversas especies de contrato · Título Decimoprimero. De las asociaciones y de las sociedades I. DE LAS ASOCIACIONES CIVILES
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato el 18 de diciembre de 2025
En caso de que una asociación decida llevar a cabo una asamblea por videoconferencia o mixta, deberá publicar en su convocatoria la fecha, hora, medio, la dirección electrónica o número de la reunión, en su caso la contraseña, la forma en la cual se realizará la asamblea, así como la forma en que se llevará a cabo la identificación de los asociados y la forma en la que se realizará el cálculo del quorum de instalación y votación.