Artículo 2204 del Código Civil de Guanajuato
Libro tercero · Segunda Parte. De las diversas especies de contrato · Título Decimoprimero. De las asociaciones y de las sociedades I. DE LAS ASOCIACIONES CIVILES
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato el 18 de diciembre de 2025
Las asociaciones, además de las causas previstas en sus estatutos, se extinguen:
I.Por consentimiento de la asamblea general. Esta determinación deberá estar apoyada, cuando menos, por el voto de las dos terceras partes del número total de asociados;
II.Por haber concluido el término fijado para su duración o por haber conseguido totalmente el objeto de su fundación;
III.Por haberse vuelto incapaces de realizar el fin para que fueron fundadas;
IV.Por resolución dictada por autoridad competente.