Artículo 1846 del Código Civil de Michoacán
Libro quinto. De las obligaciones · Segunda parte. De las diversas especies de contratos · Título décimoprimero. De las asociaciones y de las sociedades · Sección primera. De las asociaciones
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Michoacán de Ocampo el 27 de abril de 2026
Las asociaciones, además de las causas previstas en los estatutos se extinguen:
I.Por consentimiento de la asamblea general;
II.Por haber concluido el término fijado para su duración o por haber conseguido totalmente el objeto de su fundación;
III.Por haberse vuelto incapaces de realizar el fin para que fueron fundadas; y,
IV.Por resolución dictada por autoridad competente.