Artículo 2375 del Código Civil de Guanajuato
Libro tercero · Segunda Parte. De las diversas especies de contrato · Título Decimocuarto. De la prenda
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato el 18 de diciembre de 2025
Los frutos de la cosa empeñada pertenecen al deudor; más si por convenio las percibe el acreedor, su importe se imputará primero a los gastos, después a los intereses y el sobrante al capital.