Artículo 2721 del Código Civil de Guerrero
Libro quinto. De las obligaciones · Segunda parte. De los contratos en particular · Titulo decimo septimo. De la prenda · Capítulo II. De los derechos y obligaciones del acreedor prendario
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guerrero el 7 de abril de 2026
Los frutos del bien empeñado pertenecerán al deudor; pero si por convenio los percibiere el acreedor, su importe se imputará primero a los gastos, después a los intereses y el sobrante al capital.