Artículo 2252 del Código Civil de Tamaulipas
Libro cuarto. De los contratos típicos · Primera parte · Título vigésimo primero. De la prenda · Capítulo II. De los derechos y obligaciones del acreeedor prendario
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas el 30 de marzo de 2026
Los frutos del bien empeñado pertenecen al deudor; más si por convenio los percibe el acreedor, su importe se imputará primero a los gastos y después a los intereses y el sobrante al capital.