Artículo 2775 del Código Civil de Guanajuato
Libro cuarto. De las sucesiones · Título Tercero. De la forma de los testamentos · Capítulo II. Del testamento público abierto
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato el 18 de diciembre de 2025
Faltando alguna de las referidas formalidades, quedará el testamento sin efecto; el notario será responsable de los daños y perjuicios y, según la gravedad del caso, podrá decretarse la pérdida del oficio.