Artículo 2963 del Código Civil de Guanajuato
Libro cuarto. De las sucesiones · Título Quinto. Disposiciones comunes a las sucesiones testamentaria y legítima · Capítulo IV. De los albaceas
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato el 18 de diciembre de 2025
La cuenta de administración debe ser aprobada por todos los herederos; el que disienta puede seguir a su costa el juicio respectivo, en los términos que establece el Código de Procedimientos Civiles.