Artículo 1526 del Código Civil de Guerrero
Libro cuarto. DE LAS SUCESIONES Disposiciones preliminares · Titulo cuarto. Disposiciones comunes a las sucesiones testamentaria y legítima · Capítulo IV. De los albaceas
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guerrero el 7 de abril de 2026
La cuenta de administración deberá ser aprobada por todos los herederos; el que disienta, podrá seguir a su costa el juicio respectivo, en los términos que establezca el Código de Procedimientos Civiles.