Artículo 118 del Código Penal de Guanajuato
Libro primero · Parte general · Título quinto. De la extinción de la responsabilidad · Capítulo VI. Extinción por doble condena
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato el 14 de mayo de 2026
Cuando la persona inculpada fuere condenada por el mismo hecho en dos juicios distintos, se anulará la sentencia pronunciada en el segundo de ellos, extinguiéndose las sanciones impuestas en éste y todos sus efectos.