CPGTO · Art. 240 e

Artículo 240 e del Código Penal de Guanajuato

Libro segundo · Parte especial · Título séptimo. De los delitos contra la libre expresión y la promoción o defensa de derechos humanos · Capítulo II. Delito contra la promoción o defensa de derechos humanos

Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato el 14 de mayo de 2026

Se impondrá de uno a seis años de prisión y de diez a sesenta días multa, a quien:

I.Utilice la violencia o el acoso para impedir la promoción o defensa de derechos humanos.

II.Obstaculice, impida o reprima la promoción o defensa de derechos humanos.

Cuando en la comisión de este delito intervenga un servidor público, la pena de prisión se aumentará de una mitad del mínimo a una mitad del máximo; y se le inhabilitará para ocupar cargo, empleo o comisión públicos por un término igual al de la sanción privativa de la libertad impuesta.

La punibilidad prevista en este artículo se aplicará siempre que el hecho no constituya otro delito de mayor gravedad.

El presente delito se perseguirá por querella, salvo cuando los ofendidos sean personas defensoras de derechos humanos involucrados en el proceso de búsqueda de personas desaparecidas, caso en el cual se perseguirá de oficio.

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Última reforma
(Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato)

Notas de reforma de este artículo

  • (ADICIONADO, P.O. 26 DE JUNIO DE 2025)

El texto se reproduce tal como lo publica la fuente, sin resumir ni corregir. Las notas de reforma son las de la fuente.

Pendiente de verificar

  • 72 notas de reforma referidas a encabezados (denominación de libro, título o capítulo) no se asignan a ningún artículo
  • Párrafos: límites tomados del .doc oficial de la misma reforma (https://congreso-gto.s3.amazonaws.com/uploads/reforma/word/3712/CPEG_REF_14Mayo2026.doc); texto y marcadores de fracción ('I.', 'a)') tomados del PDF oficial, que muestra la numeración automática de Word que el .doc pierde al convertirse a texto. Se omite el encabezado repetido de cada página.
  • Números de artículo: el guion largo de algún rótulo de la fuente se normaliza a guion ('Art. 2195–E.' -> '2195-E'); se conserva el estilo de la fuente ('153-a', '235 ter-a', '153-a-1').
  • Las notas de reforma de la fuente ('(REFORMADO, P.O. …)', 'N. DE E. …') van en nota_reforma del artículo, no en el texto.

Transitorios (74 bloques por decreto)

Cómo citar

Artículo 240 e, Código Penal de Guanajuato (Guanajuato). Texto vigente, última reforma 14 may 2026. https://articuladomx.com/estados/guanajuato/codigo-penal/articulo-240-e/

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