Artículo 99-l del Código Penal de Guanajuato
Libro primero · Parte general · Título tercero. De las consecuencias jurídicas del delito · Capítulo XIV. Reparación del daño
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato el 14 de mayo de 2026
La sola formulación de la acusación o de conclusiones acusatorias, lleva implícito pedimento de condena al pago de la reparación del daño.
Para el aseguramiento de bienes deberá mediar instancia del Ministerio Público.