Artículo 99-o del Código Penal de Guanajuato
Libro primero · Parte general · Título tercero. De las consecuencias jurídicas del delito · Capítulo XIV. Reparación del daño
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato el 14 de mayo de 2026
La obligación de pagar la reparación del daño es privilegiada a cualquiera otra que se hubiere contraído con posterioridad a la comisión del delito.