Artículo 99-q del Código Penal de Guanajuato
Libro primero · Parte general · Título tercero. De las consecuencias jurídicas del delito · Capítulo XIV. Reparación del daño
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato el 14 de mayo de 2026
Si las personas que tienen derecho a la reparación del daño renunciaren a ella o no la recogieren en un lapso de seis meses, si está a su disposición, su importe se aplicará en los términos de la ley.