Artículo 1145 del Código Civil de Guerrero
Libro cuarto. DE LAS SUCESIONES Disposiciones preliminares · Titulo primero. De la sucesión por testamento · Capítulo IV. De las condiciones que pueden ponerse en los testamentos
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guerrero el 7 de abril de 2026
Las condiciones impuestas a los herederos y legatarios, en lo que no esté previsto en este capítulo, se regirán por las reglas establecidas para las obligaciones condicionales.