Artículo 1241 del Código Civil de Guerrero
Libro cuarto. DE LAS SUCESIONES Disposiciones preliminares · Titulo primero. De la sucesión por testamento · Capítulo VII. De los legados
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guerrero el 7 de abril de 2026
El legado que consista en la devolución del bien recibido en prenda, o en el título constitutivo de una hipoteca, sólo extinguirá el derecho de prenda o hipoteca, pero no la deuda, a no ser que así se disponga expresamente.