Artículo 1401 del Código Civil de Guerrero
Libro cuarto. DE LAS SUCESIONES Disposiciones preliminares · Titulo tercero. De la sucesión legítima · Capítulo I. Disposiciones generales
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guerrero el 7 de abril de 2026
Los parientes que se hallen en el mismo grado, heredarán por partes iguales.