Artículo 1666 del Código Civil de Guerrero
Libro quinto. De las obligaciones · Primera parte. De las obligaciones en general · Titulo primero. De las fuentes de las obligaciones · Capítulo I. Del negocio jurídico. Elementos del negocio jurídico
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guerrero el 7 de abril de 2026
Los negocios jurídicos serán de ejecución diferida, cuando su ejecución se deje para una época o épocas posteriores, según que su cumplimiento tenga que realizarse, totalmente en un solo acto, o parcialmente mediante prestaciones periódicas sucesivas.