Artículo 1747 del Código Civil de Guerrero
Libro quinto. De las obligaciones · Primera parte. De las obligaciones en general · Titulo primero. De las fuentes de las obligaciones · Capítulo V. De las obligaciones que nacen de los hechos ilícitos De la responsabilidad por hechos propios
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guerrero el 7 de abril de 2026
Las personas que ejerzan profesiones técnicas o liberales, estarán obligadas a responder de los daños y perjuicios causados en el desempeño de su encargo, por sus auxiliares, colaboradores o empleados.