Artículo 2159 del Código Civil de Guerrero
Libro quinto. De las obligaciones · Primera parte. De las obligaciones en general · Titulo noveno. De la concurrencia y prelación de créditos · Capítulo I. Disposiciones generales
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guerrero el 7 de abril de 2026
El deudor responderá del cumplimiento de sus obligaciones con todo su patrimonio con excepción de los bienes que conforme a la ley sean inembargables e inalienables.