Artículo 2236 del Código Civil de Guerrero
Libro quinto. De las obligaciones · Segunda parte. De los contratos en particular · Titulo segundo. De la compraventa · Capítulo VI. De algunas modalidades del contrato de compraventa
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guerrero el 7 de abril de 2026
Deberá hacerse saber de manera fehaciente al que goce del derecho de preferencia, lo que ofrezcan por el bien y si éste se vendiere sin dar ese aviso, la venta es válida, pero el vendedor responderá de los daños y perjuicios causados.