Artículo 2334 del Código Civil de Guerrero
Libro quinto. De las obligaciones · Segunda parte. De los contratos en particular · Titulo septimo. Del Arrendamiento · Capítulo I. Disposiciones generales
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guerrero el 7 de abril de 2026
El que no fuere dueño del bien podrá arrendarlo si tuviere facultad para celebrar ese contrato, ya en virtud de autorización del dueño, ya por disposición de la ley.