Artículo 2339 del Código Civil de Guerrero
Libro quinto. De las obligaciones · Segunda parte. De los contratos en particular · Titulo septimo. Del Arrendamiento · Capítulo I. Disposiciones generales
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guerrero el 7 de abril de 2026
El arrendador podrá exigir al arrendatario fianza o depósito hasta por el equivalente a dos meses de renta, para garantizar el cumplimiento de sus obligaciones.