Artículo 2424 del Código Civil de Guerrero
Libro quinto. De las obligaciones · Segunda parte. De los contratos en particular · Titulo septimo. Del Arrendamiento · Capítulo VIII. Del subarriendo
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guerrero el 7 de abril de 2026
Si el arrendador aprobare expresamente el contrato especial de subarriendo, el subarrendatario quedará subrogado en todos los derechos y obligaciones del arrendatario, a no ser que por convenio se acuerde otra cosa.