Artículo 2680 del Código Civil de Guerrero
Libro quinto. De las obligaciones · Segunda parte. De los contratos en particular · Titulo decimo sexto. De la fianza · Capítulo V. De la extinción de la fianza
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guerrero el 7 de abril de 2026
La liberación hecha por el acreedor a uno de los fiadores sin el consentimiento de los otros, aprovechará a todos hasta donde alcance la parte del fiador a quien se otorgare.