Artículo 2729 del Código Civil de Guerrero
Libro quinto. De las obligaciones · Segunda parte. De los contratos en particular · Titulo decimo septimo. De la prenda · Capítulo III. De la venta del bien pignorado
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guerrero el 7 de abril de 2026
Será nula toda cláusula que autorice al acreedor a apropiarse de la prenda aunque ésta sea de menor valor que la deuda, o a disponer de ella al margen de lo establecido en los artículos relativos que preceden. Será igualmente nula la cláusula que prohiba al acreedor o al deudor solicitar la venta del bien dado en prenda.