Artículo 531 del Código Civil de Guerrero
Libro segundo. De la familia · Titulo tercero. De la filiación · Capítulo I. Disposiciones generales
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guerrero el 7 de abril de 2026
El padre podrá reconocer, sin el consentimiento de su esposa, a un hijo habido con persona distinta a ésta antes o durante el matrimonio.