Artículo 673 del Código Civil de Guerrero
Libro tercero. De los bienes y derechos reales · Titulo primero. De los bienes y su clasificación · Capítulo IV. De los bienes considerados según las personas a quienes pertenezcan
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guerrero el 7 de abril de 2026
Los bienes de dominio del poder público se dividen en bienes de uso común, bienes destinados a un servicio público y bienes propios.