Artículo 928 del Código Civil de Guerrero
Libro tercero. De los bienes y derechos reales · Titulo cuarto. Del usufructo, del uso y de la habitación · Capítulo I. Del usufructo en general
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guerrero el 7 de abril de 2026
Las corporaciones que no puedan adquirir, poseer o administrar bienes raíces, tampoco podrán tener usufructo constituido sobre bienes de esta clase.