Artículo 136 del Código Penal de Guerrero
Homicidio en razón de la orientación sexual
Libro Segundo. Parte especial · Título Primero. Delitos contra la vida y la integridad corporal · Capítulo I. Homicidio
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guerrero el 22 de mayo de 2026
A quien dolosamente prive de la vida a otra persona por su orientación sexual o razón de género, se le impondrá una pena de veinte a cincuenta años de prisión.