Artículo 331 del Código Penal de Puebla
Libro segundo delitos en particular · Capítulo décimo quinto. Delitos contra la vida y la integridad corporal · Sección cuarta. Reglas comunes para lesiones y homicidio
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 15 de diciembre de 2025
Al responsable de un homicidio calificado se le impondrá de veinte a cincuenta años de prisión.
El homicidio de una mujer cometido por odio en razón de género, se sancionará como feminicidio.