Artículo 330 Ter del Código Penal de Puebla
Libro segundo delitos en particular · Capítulo décimo quinto. Delitos contra la vida y la integridad corporal · Sección cuarta. Reglas comunes para lesiones y homicidio
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 15 de diciembre de 2025
También se entenderá que existe odio cuando el o los sujetos activos tengan por objeto causar una afectación en la persona o bienes del sujeto pasivo, en razón de la profesión o labor que este último desempeña.