Artículo 370 del Código Penal de Guerrero
Ataques a la paz pública
Libro Segundo. Parte Especial · Título Vigésimo Cuarto. Delitos contra la seguridad de las instituciones del estado · Capítulo II. Ataques a la paz pública
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guerrero el 22 de mayo de 2026
A quien mediante la utilización de sustancias tóxicas, por incendio, inundación o violencia extrema, realice actos en contra de las personas, las cosas o servicios públicos, que perturben la paz pública o menoscaben la autoridad del Gobierno del Estado, o presionen a la autoridad para que tome una determinación, se le impondrán de cinco a treinta años de prisión y suspensión de derechos políticos hasta por quince años.