CPHGO · Art. 253 Bis

Artículo 253 Bis del Código Penal de Hidalgo

Libro segundo · Titulo décimo. Delitos de peligro contra la seguridad colectiva y la seguridad pública · Capítulo IV. Facilitación delictiva

Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo el 6 de agosto de 2026

Se impondrá de dos a diez años de prisión y multa de cincuenta a quinientas veces la unidad de medida y actualización, a quien con el objeto de informar a los integrantes de una pandilla, alerte, aceche, vigile o realice actos tendientes a obtener información sobre la ubicación, actividades, operativos o en general las labores realizadas por las instituciones de seguridad pública para la prevención, persecución y sanción del delito o la ejecución penal, con independencia de incurrir en diversa conducta ilícita.

Las penas anteriores se aumentarán hasta en una mitad más si en la realización de cualquiera de las conductas previstas en el párrafo anterior, se emplean vehículos de servicio público de pasajeros o de transporte o cualquiera otro que preste un servicio similar, así como cuando se emplee a menores de edad o a personas que no tienen capacidad de comprender el significado del hecho.

Las penas previstas en este artículo se duplicarán y se impondrá además destitución del cargo o comisión e inhabilitación de dos a diez años para ocupar otro, cuando cualquiera de las conductas sean cometidas por servidores o ex servidores públicos de las instituciones de seguridad pública, de procuración de justicia o de las fuerzas armadas.

Leer de corridodentro de Titulo décimo. Delitos de peligro contra la seguridad colectiva y la seguridad pública

Sobre este texto
Descargado el
SHA-256 del archivo
73e97198278d…
Última reforma
(Periódico Oficial del Estado de Hidalgo)
Publicación original

El texto se reproduce tal como lo publica la fuente, sin resumir ni corregir. Las notas de reforma son las de la fuente.

Pendiente de verificar

  • 11 notas de reforma impresas antes de un encabezado (título, capítulo, sección) se omiten: son del encabezado, no de un artículo.
  • 11 notas de reforma impresas después de un encabezado (fuera de un artículo) no se asignan a ningún artículo.
  • 1 encabezados impresos sin su rótulo ('DE LA PRELACION', sin 'CAPÍTULO …') se toman como encabezado de los artículos que siguen.
  • Texto tomado del PDF oficial; un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el encabezado repetido de cada página (nombre del código, «Instituto de Estudios Legislativos.» y número de página).
  • Las notas de reforma que la fuente imprime después del texto ('Artículo adicionado, P.O. Alcance uno del …') se conservan literales como párrafo propio del artículo; nota_reforma = null.
  • Rótulos 'Artículo 1o.-': se publica el número sin el ordinal ('1').

Transitorios (59 bloques por decreto)

Cómo citar

Artículo 253 Bis, Código Penal de Hidalgo (Hidalgo). Texto vigente, última reforma 6 ago 2026. https://articuladomx.com/estados/hidalgo/codigo-penal/articulo-253-bis/

También en Markdown y JSON.

¿No coincide con la publicación oficial? Reportar un error.