Artículo 282 del Código Penal de Hidalgo
Libro segundo · Titulo décimo quinto. Delitos contra el orden constitucional y la seguridad del estado · Capitulo I. Conspiración
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo el 6 de agosto de 2026
Hay conspiración siempre que dos o más personas resuelvan de concierto previo cometer las infracciones mencionadas en los artículos siguientes de este título, acordando los medios para llevar a efecto su determinación. La conspiración se sancionará con prisión hasta de un año y multa de 20 a 100 días.