Artículo 146 del Código Penal de Oaxaca
Libro segundo. · Titulo primero.. Delitos contra la seguridad interior del Estado. · Capitulo ii.. Conspiración, sedición y otros desórdenes públicos.
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca el 23 de mayo de 2026
Hay conspiración, siempre que dos o más personas resuelvan de concierto cometer alguno de los delitos de que tratan los artículos siguientes de este Capítulo y los del anterior, acordando los medios para llevar a efecto su determinación. La pena aplicable será de seis meses a cinco años de prisión o confinamiento por el mismo tiempo y multa de quinientos a cinco mil pesos.