CPHGO · Art. 305

Artículo 305 del Código Penal de Hidalgo

Libro segundo · Titulo décimo sexto. Delitos por hechos de corrupción cometidos por servidores públicos y particulares vinculados con estos hechos · Capitulo V. Coalición de servidores públicos

Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo el 6 de agosto de 2026

Cometen el delito de coalición de servidores públicos, los que teniendo tal carácter, se coaliguen para tomar medidas contrarias a una Ley, reglamento o disposición de carácter general, impedir su ejecución, o para hacer dimisión de sus puestos con el fin de impedir o suspender la administración pública en cualquiera de sus ramas. Al que cometa este delito, se le impondrá de seis meses a tres años de prisión y multa de 10 a 100 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.

No cometen este delito los trabajadores que se coaliguen en ejercicio de sus derechos constitucionales o que hagan uso del derecho de huelga.

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Última reforma
(Periódico Oficial del Estado de Hidalgo)
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Artículo 305, Código Penal de Hidalgo (Hidalgo). Texto vigente, última reforma 6 ago 2026. https://articuladomx.com/estados/hidalgo/codigo-penal/articulo-305/

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